Constitución de 1925 en Chile

Qué es la Constitución de 1925 en Chile

La Constitución de 1925 en Chile es la carta fundamental que reemplazó el régimen parlamentario por un sistema presidencial. El presidente Arturo Alessandri Palma la promulgó y publicó el 18 de septiembre de 1925, después de un plebiscito el 30 de agosto de ese año. Entró en vigencia 30 días después de publicarse en el Diario Oficial, el 18 de octubre de 1925.

El artículo 1 dice que el Estado de Chile es unitario y que su gobierno es republicano y democrático representativo. El artículo 2 agrega que la soberanía reside esencialmente en la Nación, la cual delega su ejercicio en las autoridades que la Constitución establece.

En la fotografía se ve la firma de ese 18 de septiembre, en el Salón Rojo de La Moneda. Alessandri está junto a ministros y oficiales, alrededor de una mesa con el texto.

Firma de la Constitución de 1925 en el Salón Rojo de La Moneda

Por qué se escribió

Venía de la crisis del parlamentarismo en Chile. En ese régimen, el Congreso podía derribar gabinetes. La nueva carta respondió a esa crisis del orden parlamentario y a demandas sociales que se habían acumulado.

El Congreso estaba clausurado desde el 11 de septiembre de 1924. Alessandri volvió a la presidencia el 20 de marzo de 1925. El Congreso solo se reabrió el 1 de marzo de 1926, ya vigente la nueva carta.

El objetivo HI2M OA 05, de Historia de 2° medio, pide analizar esa crisis y la reconstrucción de la institucionalidad por medio de la Constitución de 1925, del fortalecimiento del régimen presidencial y de la reforma del sistema de partidos.

Cómo se aprobó

La comisión y las tres cédulas

El 7 de abril de 1925, Alessandri designó una Comisión Consultiva de 122 miembros para elaborar una nueva carta. La redacción quedó en una subcomisión de reformas que él presidió. Esa subcomisión se reunió 33 veces, entre el 18 de abril y el 3 de agosto de 1925.

El plebiscito se convocó por el Decreto Ley N° 462, publicado en el Diario Oficial el 3 de agosto de 1925, y se hizo el 30 de agosto. Cada elector recibió tres cédulas. La roja decía: acepto el proyecto de Constitución presentado por el Presidente de la República sin modificación. La azul aceptaba el proyecto, pero con régimen parlamentario y la facultad de censurar ministerios y postergar la ley de presupuestos. La blanca rechazaba todo el proyecto.

La opción del proyecto presidencial, sin modificación, obtuvo 127.509 votos. La cédula azul obtuvo 6.825. La blanca, 1.449. Participó el 45% del padrón electoral.

Qué cambió para el Presidente y el Congreso

El artículo 60 dice que un ciudadano con el título de Presidente de la República administra el Estado y es el Jefe Supremo de la Nación. El artículo 61 exige haber nacido en el territorio de Chile y tener a lo menos treinta años. El artículo 62 fija el período en seis años y prohíbe la reelección para el período siguiente. El artículo 63 dice que el Presidente se elige en votación directa.

El artículo 72 enumera atribuciones especiales. El Presidente concurre a la formación de las leyes, las sanciona y las promulga. Si desaprueba un proyecto, el artículo 53 le da 30 días para devolverlo a la Cámara de origen con observaciones. También nombra a su voluntad a los ministros de Estado. Esos ministros son de su confianza exclusiva y se mantienen en el cargo mientras cuenten con ella.

Eso cierra la práctica del periodo parlamentario. La nueva carta quitó al Congreso la facultad de interpelar ministros y derribar gabinetes, y dio al Presidente la iniciativa exclusiva en materia de presupuestos.

En la página manuscrita se lee el artículo 72, el de las atribuciones especiales del Presidente. El numeral sobre los ministros de Estado está en esa página.

Página manuscrita de la Constitución de 1925 con el artículo 72

Qué derechos quedaron escritos

El artículo 10 asegura la manifestación de todas las creencias, la libertad de conciencia y el ejercicio libre de todos los cultos que no se opongan a la moral, a las buenas costumbres o al orden público. La carta no nombra una religión oficial del Estado. Una disposición transitoria fijó que, durante cinco años, el Estado entregaría al arzobispo de Santiago 2.500.000 pesos anuales para las necesidades del culto de la Iglesia Católica.

En el mismo artículo 10, la educación pública es una atención preferente del Estado, y la educación primaria es obligatoria. También se asegura la protección al trabajo, a la industria y a las obras de previsión social, en especial la habitación sana y un mínimo de bienestar. El ejercicio del derecho de propiedad queda sometido a las limitaciones que exijan el mantenimiento y el progreso del orden social.

Hasta cuándo rigió

El texto tiene 110 artículos y 10 disposiciones transitorias. Su aplicación quedó parcialmente suspendida el 11 de septiembre de 1973. La reemplazó la Constitución de 1980, que entró en vigor en marzo de 1981.

Los poderes del Estado y el sistema político chileno de hoy no son esta carta. Esta es la de 1925. Sirve para entender el paso del parlamentarismo a un presidente con más facultades.

Ejemplo resuelto

Situación. En Historia de II medio te piden explicar qué eligieron los votantes el 30 de agosto de 1925 y qué cambió para el Presidente.

Datos. Cédula roja, el proyecto del Presidente sin modificación: 127.509 votos. Cédula azul, el proyecto con régimen parlamentario: 6.825. Cédula blanca, rechazo de todo el proyecto: 1.449. Participó el 45% del padrón.

Resolución. La suma de los votos emitidos es 127.509 + 6.825 + 1.449 = 135.783. La roja es 127.509 de 135.783, es decir, 93,9% de los votos emitidos. Ganó el proyecto presidencial sin modificación. Esa opción no dejaba al Congreso la facultad de censurar ministerios, que era lo que ofrecía la cédula azul. El artículo 72 dejó a los ministros en el cargo mientras contaran con la confianza del Presidente, no con la del Congreso.

Cómo responder si te preguntan qué es

La primera oración alcanza: la Constitución de 1925 en Chile es la carta que reemplazó el régimen parlamentario por un sistema presidencial, promulgada por Arturo Alessandri el 18 de septiembre de 1925, después del plebiscito del 30 de agosto. Si piden una prueba del cambio, cita el artículo 72: el Presidente nombra a los ministros a su voluntad y ellos dependen de su confianza. Si piden la fecha de vigencia, cuenta 30 días desde el 18 de septiembre: el 18 de octubre de 1925.

Fecha de publicación: 14-10-2026 10:12

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